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Descripción

Oportunidad de inversión.
Venta de una valiosa fracción de tierra ideal para el desarrollo de un conjunto de edificios bajos.
Esta fracción de 10 terrenos, abarca un total 6.707 m2. Estratégicamente ubicada una zona alta, sobre la Ruta 104 a pocos metros del mar y cerca del Pueblo Manantiales.
Su forma triangular la hace especialmente atractiva, con un frente de 75 metros hacia el Oeste, sobre la Ruta 104, y otro frente de 77 metros hacia el Sureste. .

Normativa de Construcción:


c1) Subzona 1.4.1 Costanera Norte:
Se autorizan Bloques Bajos.
Los bloques deberán proyectarse normalmente a la Ruta 10 en un 100% de desarrollo de fachada por encima de la Planta Baja y sus proyecciones distar 8m entre sí.
En conjuntos de Bloques la separación mínima entre edificios es de 8m.
Los Bloques, incluidos sus balcones, terrazas, salientes y basamentos deberán estar incluidos en una circunferencia de diámetro igual a 42.50m y no podrán superar los 900 m2 de planta.

c2) Subzona 1.4.2 Resto:
Podrán construirse unidades locativas individuales o apareadas.
La separación mínima entre unidades o pares deberá ser de 6m.
c3) Subzona 1.4.3 Costanera Sur:

Se permitirá el agrupamiento de más de 2 unidades habitacionales denominándose a este tipo de conjunto habitacional: Edificación Baja.
Cada volumen de vivienda agrupada deberá proyectarse normalmente a la Ruta 10 en un 100% del desarrollo de fachada por encima de Planta Baja y sus proyecciones distar 12m entre sí.
La separación mínima entre edificios será de 12m.
La edificación, incluidos sus balcones, terrazas, salientes y basamentos deberán estar inscriptos en una circunferencia de diámetro igual a 30m. Sólo se permitirá el agrupamiento, si las unidades habitacionales cuentan con una superficie igual o superior a 200m2.
d) Dimensiones mínimas de predios:

- Edificación Baja: Área 2000 m2 por cada edificación y frente de 30m.
- Bloque Bajo:
Para 9m de altura: Área 1200 m2 o inferior para manzana entera.
Para 12m de altura: Área 2000m2 y frente de 30m.
- Conjunto de Bloques: Área 1500m2 por bloque y 30m de frente por bloque.
- Conjunto de unidades locativas aisladas o apareadas: Área 1000m2 por unidad o par.
e) Retiros mínimos:

Frontales:
- 10m para Bloques Bajos y Edificación Baja sobre la Ruta 10.
- 6m para Bloques Bajos y Edificación Baja en calles transversales.
- 6m sobre Ruta 10 y predios fiscales, para el resto de las edificaciones.
- 4m en el resto de los casos (Artículo 4 del Decreto Departamental No 37331999).
El último piso deberá galibarse sobre Retiro Frontal.
Laterales :
- Bloques Bajos: 3m debiendo la suma de los laterales ser superior a los 8m.
- Edificación Baja: 6m.
- Unidades locativas aisladas o apareadas: uno de 3m y el otro de 2m.
De fondo:
- Bloques Bajos: 4m.
- Unidades locativas aisladas o apareadas: 3m.

En aquellos predios cuyos frentes sean menores o iguales a 15m, se exigirá un retiro unilateral de 3m, exonerándose del retiro lateral de 2m. La edificación que ocupe el retiro que se exonera, no podrá sobrepasar los 3m de altura promedial.
También se puede ocupar el retiro lateral y de fondo, con construcciones auxiliares tales como depósitos, garajes, parrilleros techados, habitaciones y baños de servicio, hasta una superficie de 36m2, no pudiéndose sobrepasar la altura promedial de 3m.
La zona de ocupación de los retiros laterales deberá estar ubicada de la mitad del predio hacia el fondo, excepto en los terrenos con frente en tres de sus lados, que sólo podrán ocupar el tercio central.


f) Altura máxima:
-Bloques Bajos:
9m (PB+PA+PH) Área por predio de 1200m2 o inferior para manzana entera.
12m (PB+2PA+PH) Área por predio de 2000m2 o superior.
- Edificación Baja: 7m (PB+PA).
- Unidades locativas aisladas o apareadas: 7m (PB+PA).
g) Para la ocupación de solares con área inferior a 400m2 y superior a 1000m2 regirán los siguientes parámetros:
Superficie de terreno menor a 400m2:
F.O.S.SS: 40%;
F.O.S: 40%;
F.O.S.V: 50% y
F.O.T: 60%.
Superficie de terreno mayor a 1000m2:
F.O.S.SS: 25%;
F.O.S: 25%;
F.O.S.V: 50%.
Bloque Bajo: F.O.T: 70%.
Edificación Baja y Unidades locativas aisladas o apareadas:
F.O.T: 50%. Solares con áreas intermedias, los factores de ocupación se obtendrán de la interpolación de los valores anteriores.




Referencia Tera: PIN-360


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